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El derecho de las obligaciones en el nuevo código: Contenido. Importancia. La obligación: sus regiones. La relación obligatoria de consumo. Los derechos fundamentales de los consumidores

Sinopsis

Este libro, los tres capítulos que lo estructuran, está empapado de la teoría general de la obligación o, lo que es similar, del saber disciplinar llamado Derecho de las Obligaciones. Este saber se nutre, en esencia, de la regulación que proviene del nuevo Código Civil y Comercial y abreva, también, en las enseñanzas de las doctrinas autoral y jurisprudencial. He aquí, en el modo de discurrir sobre el Derecho de las Obligaciones, una de las novedades que se ofrece al lector-a para visitar al nuevo cuerpo normativo. En efecto, en el capítulo 1 se presenta a la obligación como saber pratognótico y, en tal contexto discursivo, se escucha la experiencia transmitida por la voz de un alumno al atravesar el momento previo al examen libre (situación límite) de la materia. Dicha voz, adolescentemente crítica, resulta el contrapunto (capítulo 2) al consolidado, universal y abstracto, saber disciplinar o, en otros términos, el alumno (a la postre aplazado en el aludido examen) elabora una honda crítica no solo a la definición normativa de la obligación sino, además, a la teoría que la explica y, fundamentalmente, a la teoría general de la obligación (cap. 2, pto. IV). El contenido de la materia, sus hilos conductores, los conceptos fundamentales que la vertebran se anticipan, asimismo, en el primer capítulo. El capítulo 2 se inaugura, también, con el saber pratognótico que se desprende de la experiencia resiliente del alumno aplazado (Marcos). Esta voz ficcional, excesivamente crítica, pone en tela de juicio, en el punto IV, la pertinencia fenomenológica de la teoría general de la obligación en tanto deja, en el epistemológico olvido, temas esenciales que se observan en la realidad de la sociedad de consumo. Este discurso recupera, luego de postular una definición de la obligación y de sumergirse en el despliegue de una teoría sobre su ser (normal/anormal), las aludidas críticas del alumno en el capítulo 3. Desde esta perspectiva (didáctica/pedagógica), resulta imprescindible incorporar en el relato de la materia a las voces históricamente silenciadas que se escuchan cuando tales enseñanzas se convierten en fenómeno disciplinar.

 

Información


  • Jorge Pablo Martínez

    Abogado.  Especialización en Docencia Universitaria. Designado Profesor Adjunto interino de Derecho Privado II en la Facultad de Ciencias Económicas de la U.N.L.P. (año 2012). Director de la Comisión de “Derechos del Consumidor” del Programa “Clínica Jurídica”.

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